marco normativo — Constitución, ley Basaglia, Tribunal Constitucional, Casación, TEDH
La protección del enfermo psiquiátrico: qué dice la ley
Ninguna de las normas que siguen se refiere directamente a la conducta de los dos agentes del 19 de julio. Definen sin embargo el marco dentro del cual, en Italia, una persona en crisis psiquiátrica debe ser tratada por quienquiera que la tenga delante. Es el criterio con el que hay que medir todo el caso, y por eso el archivo lo recoge íntegro. Las referencias completas están en la página 4.
╔══ LA CONSTITUCIÓN ══╗
ARTÍCULO 32. La República protege la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad. «Nadie puede ser obligado a un determinado tratamiento sanitario si no es por disposición de la ley. La ley no puede en ningún caso violar los límites impuestos por el respeto a la persona humana.» De aquí deriva el derecho a la autodeterminación terapéutica, y por tanto también el derecho a rechazar los cuidados: que es exactamente lo que Fakir ejerció el 12 de junio en Castello d'Argile, al rechazar el traslado al hospital.
ARTÍCULO 13. La libertad personal es inviolable. El cuarto párrafo es el más pertinente aquí: «Se castiga toda violencia física y moral sobre las personas sometidas de cualquier modo a restricciones de libertad.» Vale para cualquiera que esté privado de libertad, no solo para los presos: por tanto también para una persona esposada o atada con bridas en un patio.
╔══ LA LEY BASAGLIA ══╗
Ley n.º 180 de 13 de mayo de 1978, luego integrada en los artículos 33, 34 y 35 de la ley 833/1978 que crea el Servicio Sanitario Nacional.
Italia fue el primer país del mundo en decidir por ley el cierre de los manicomios. El principio que introduce no es organizativo sino de estatuto de la persona: el enfermo psiquiátrico deja de ser considerado un «peligroso para sí y para los demás» al que custodiar, y pasa a ser un sujeto titular de derechos, cuyo CONSENTIMIENTO A LOS CUIDADOS DEBE BUSCARSE EN CUALQUIER SITUACIÓN. El tratamiento obligatorio pasa a ser la excepción, no la regla, y solo dentro de un procedimiento con garantías.
EL PROCEDIMIENTO. Propuesta motivada de un médico, convalidada por un segundo médico de un centro público. Resolución del alcalde. Notificación al juez de tutelas en las cuarenta y ocho horas siguientes al ingreso. El juez de tutelas, en las cuarenta y ocho horas posteriores, recabada la información y ordenadas las comprobaciones que procedan, convalida o no mediante resolución motivada. Duración de siete días, prorrogable. El tratamiento se realiza «respetando la dignidad de la persona y los derechos civiles y políticos», y quien está sometido a él conserva el derecho a comunicarse con quien considere oportuno.
No es por tanto un acto que una central operativa pueda acordar por sí sola: es el cauce por el que una petición debe encaminarse hacia quienes tienen la potestad de acordarlo.
╔══ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, SENTENCIA n.º 76 DE 30 DE MAYO DE 2025 ══╗
Un año antes de la muerte de Fakir, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 35 de la ley 833/1978 en la parte en que no garantizaba a la persona sometida a tratamiento obligatorio ser informada y oída. Las nuevas garantías: la resolución del alcalde debe comunicarse al interesado o a su representante legal antes de la notificación, y el juez de tutelas debe oír al paciente antes de convalidar.
Es un dato que indica en qué dirección se movía el ordenamiento: hacia más garantías para la persona en crisis, no hacia menos.
╔══ CASACIÓN: LA CONTENCIÓN NO ES UN ACTO TERAPÉUTICO ══╗
Tribunal de Casación penal, sección V, sentencia n.º 50497 de 20 de junio de 2018, conocida como sentencia Mastrogiovanni.
Franco Mastrogiovanni, maestro de primaria de 58 años, murió atado de manos y pies a una cama el 31 de julio de 2009 en la unidad de psiquiatría del hospital de Vallo della Lucania, donde había ingresado en régimen de tratamiento obligatorio menos de noventa horas antes. La contención quedó grabada por las cámaras de la unidad.
Los principios afirmados por el Tribunal:
— La contención mecánica NO ES NUNCA UN ACTO TERAPÉUTICO. Es un instrumento restrictivo de la libertad personal que carece de finalidad curativa y no produce mejora alguna del estado de salud.
— Es legítima únicamente ante una situación concreta de peligro evidente y actual de daño grave para el paciente, que debe valorarse con criterios rigurosos y caso por caso.
— Fuera de ese supuesto, la contención integra el delito de DETENCIÓN ILEGAL.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado además a Italia por violación del artículo 3 del Convenio — prohibición de tratos inhumanos y degradantes — en un caso de contención mecánica en el ámbito sanitario. Es una condena distinta de la dictada en el caso Magherini, que se recoge más abajo: se refiere a otro artículo del Convenio y a un contexto hospitalario, no policial.
Advertencia necesaria: esta jurisprudencia se refiere a la contención sanitaria en el ámbito hospitalario, no a la contención realizada por las fuerzas de policía en la vía pública, que responde a otras normas. Se recoge porque define el principio general con el que el ordenamiento italiano mira el cuerpo atado de una persona en crisis psiquiátrica.
╔══ EL PRECEDENTE QUE VUELVE, Y LA CONDENA DE SEIS MESES ANTES ══╗
Riccardo Magherini, de 39 años, murió en Florencia el 3 de marzo de 2014 tras ser inmovilizado en el suelo en posición prona por tres carabineros. Es el caso con el que más a menudo se compara la muerte de Abderrahim Fakir: ambos plantean la misma pregunta, es decir, qué le ocurre a una persona en estado de alteración mantenida boca abajo sobre el asfalto.
El 15 de enero de 2026 ese caso llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en la sentencia Magherini y otros c. Italia (demanda n.º 32707/19) condenó al Estado italiano por una DOBLE VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 2 del Convenio, el derecho a la vida.
EN EL PLANO SUSTANTIVO. La inmovilización inicial podía ser necesaria, pero no se demostró que fuera absolutamente necesario mantener a Riccardo Magherini esposado en posición prona durante unos veinte minutos, incluso después de que hubiera dejado de moverse y de hablar y estuviera aparentemente sin respuesta. El Tribunal observó además que las directrices entonces vigentes preveían el esposamiento en el suelo en posición prona SIN NINGUNA REFERENCIA a los riesgos de mantener esa posición de forma prolongada, y que a los agentes no se les había impartido formación específica sobre esos riesgos.
EN EL PLANO PROCESAL. La investigación no respetó la exigencia de independencia, porque las declaraciones de testigos presenciales clave fueron tomadas, en la inmediatez de los hechos, por los propios agentes implicados en la intervención.
CUATRO MESES DESPUÉS DE ESA SENTENCIA, el Departamento de Seguridad Pública dictó las directrices del 11 de mayo de 2026. La sucesión cronológica es un hecho; el nexo es plausible pero no consta en ninguna fuente, y aquí se señala como hipótesis.
DOS PUNTOS DE ESA SENTENCIA AFECTAN A ESTE CASO. El primero: el juicio no versa solo sobre la legitimidad inicial del uso de la fuerza, sino también sobre su DURACIÓN, su modulación, EL SEGUIMIENTO SANITARIO y la capacidad de los agentes para reconocer a tiempo el deterioro clínico. El segundo: la petición del abogado de la familia Fakir de que la investigación no la lleve a cabo la policía se apoya precisamente en el plano procesal de esta condena.
╔══ LA CARENCIA DE LOS SERVICIOS ══╗
Datos de contexto, referidos al sistema nacional y no al caso concreto.
— A la salud mental se destina alrededor del 3 por ciento del Fondo Sanitario Nacional; algunas estimaciones más recientes lo sitúan entre el 2,6 y el 2,7 por ciento. Francia invierte cerca del 10 por ciento, Alemania cerca del 12.
— Más de un millón de personas están en tratamiento en los servicios psiquiátricos territoriales por ansiedad, depresión, trastornos del comportamiento o alimentarios: la cifra más alta jamás registrada.
— La Sociedad Italiana de Psiquiatría denuncia desde hace años una carencia estructural de personal. Un estudio reciente estima necesario un incremento de al menos 1.900 millones de euros en tres años y un aumento del 47 por ciento del personal dedicado.
— Las desigualdades territoriales son marcadas. Emilia-Romaña está entre las regiones con mayor cobertura, unos 235 usuarios atendidos por cada diez mil habitantes, por encima de la media nacional; Marcas, Abruzos, Molise y Calabria están sensiblemente por debajo.
Este último dato debe leerse con honestidad, porque corta en dos direcciones: la región en la que Fakir murió está entre las que más invierten en salud mental. Lo cual desplaza la pregunta del cuánto al cómo — a la continuidad de la atención, a los protocolos de la emergencia, a la coordinación entre emergencias, fuerzas del orden y servicios territoriales.